top of page

Lavado de dinero y evasión fiscal: una frontera cada vez más delgada en México

  • Foto del escritor: MONICA RAYA
    MONICA RAYA
  • hace 3 días
  • 4 Min. de lectura


Durante décadas, el concepto de lavado de dinero ha estado asociado casi exclusivamente a la delincuencia organizada, al narcotráfico y a estructuras criminales complejas que operan al margen del sistema financiero formal. Esta narrativa, aunque parcialmente correcta, resulta hoy insuficiente y hasta riesgosa para empresarios, profesionistas y contribuyentes que creen estar lejos de este tipo de problemáticas.

En el contexto actual —marcado por una fiscalización más agresiva, el cruce masivo de información, la digitalización de las operaciones financieras y una coordinación inédita entre autoridades— el lavado de dinero ya no se analiza solo por el origen del recurso, sino por su trazabilidad, su declaración y su coherencia económica.

Bajo este nuevo paradigma, la evasión fiscal, la omisión reiterada de ingresos y la simulación de operaciones pueden convertirse en la antesala de riesgos penales graves, aun cuando el dinero tenga un origen lícito. Este artículo desarrolla esa frontera difusa desde una perspectiva jurídica, fiscal y económica, con énfasis en la realidad mexicana y sus implicaciones prácticas.


ree

El lavado de dinero: concepto y alcance jurídico


El lavado de dinero se define como el conjunto de actos destinados a ocultar, encubrir o disimular el origen ilícito de recursos, con el fin de integrarlos al sistema financiero y económico como si fueran legales.

En México, el delito está tipificado en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, el cual sanciona a quien, con conocimiento de que los recursos provienen o representan el producto de una actividad ilícita, realice actos de:

actos de conversión, transferencia, custodia, administración u ocultamiento de recursos, con el propósito de encubrir su origen o ayudar a eludir consecuencias legales.

con el propósito de ocultar su origen o ayudar a eludir consecuencias legales.

Aunque históricamente la “actividad ilícita” se ha asociado a delitos graves como el narcotráfico o la trata de personas, la interpretación contemporánea se ha ampliado, especialmente cuando existen esquemas estructurados, reiterados y dolosos que afectan directamente al sistema fiscal y financiero.


La evasión fiscal: de infracción administrativa a riesgo penal

La evasión fiscal implica el incumplimiento deliberado de obligaciones tributarias mediante conductas ilegales. Entre las conductas más comunes se encuentran la no declaración total o parcial de ingresos, la manipulación de registros contables, el uso de comprobantes fiscales falsos o que amparan operaciones inexistentes, así como la operación mediante empresas fachada o estructuras interpuestas.

En un escenario básico, estas conductas generan consecuencias administrativas: créditos fiscales, multas, actualizaciones y recargos. Sin embargo, cuando la evasión es sistemática, intencional y de alto impacto económico, el tratamiento cambia radicalmente.

La reforma penal‑fiscal de 2019 representó un punto de quiebre al endurecer sanciones, equiparar ciertos delitos fiscales con delincuencia organizada y permitir medidas cautelares más severas. Con ello, la evasión fiscal dejó de evaluarse solo por el monto omitido y comenzó a analizarse la estructura, la intención y el destino del dinero.


El punto de quiebre: cuando la evasión se acerca al lavado de dinero

La línea crítica no está únicamente en no pagar impuestos, sino en qué se hace con el dinero no declarado y cómo se intenta justificar posteriormente.

A continuación, se describen los principales escenarios de riesgo.


3.1 Ocultamiento y posterior integración al sistema financiero

Un patrón recurrente consiste en generar ingresos reales, no declararlos ante la autoridad fiscal, mantenerlos fuera del sistema financiero formal y posteriormente integrarlos mediante compras, inversiones o depósitos.

Cuando el contribuyente no puede demostrar que esos recursos provienen de ingresos declarados y fiscalizados, se genera una discrepancia fiscal y financiera que puede detonar investigaciones por operaciones con recursos de procedencia ilícita.

3.2 Simulación de operaciones para “regularizar” recursos

Otro mecanismo de alto riesgo es intentar “corregir” el ocultamiento mediante facturación simulada, uso de empresas fachada o contratos sin sustancia económica real.

Estas prácticas no solo constituyen defraudación fiscal, sino que buscan dar apariencia de legalidad a recursos previamente ocultos, lo que encaja con la lógica del lavado de dinero: no por el origen inicial, sino por el acto de encubrimiento.

3.3 Ruptura de la trazabilidad económica

El concepto clave hoy es la trazabilidad. Cuando no existe congruencia entre los ingresos reales, las declaraciones fiscales, los estados financieros y el nivel de gasto o inversión, se configura un perfil de riesgo elevado.

se configura un perfil de riesgo elevado. En este punto, el dinero deja de ser solo un problema contable y se convierte en un problema legal.


La fiscalización moderna: SAT, UIF y sistema financiero

El combate a estas conductas se sustenta en un enfoque integral donde el SAT identifica discrepancias y simulación, la UIF analiza operaciones relevantes, inusuales o preocupantes, y las instituciones financieras reportan movimientos incongruentes con el perfil del cliente.

La interconexión de bases de datos hace que la evasión prolongada sea cada vez menos sostenible. Hoy, las autoridades no persiguen eventos aislados, sino patrones de comportamiento financiero.


Impacto económico, empresarial y social

Las consecuencias de permitir estas prácticas van más allá del contribuyente individual, ya que distorsionan la competencia económica, reducen la recaudación y la capacidad del Estado, incentivan la informalidad sofisticada y debilitan la confianza en el sistema financiero.

Desde una perspectiva macroeconómica, el lavado de dinero —incluso cuando deriva de evasión fiscal— erosiona la estabilidad institucional y afecta a toda la sociedad.


Prevención: cumplimiento como estrategia, no como carga

En este contexto, el cumplimiento fiscal y financiero debe entenderse como un mecanismo de prevención de riesgos penales, una herramienta de sostenibilidad empresarial y un elemento clave de reputación y gobernanza.


Conclusiones

El lavado de dinero no es exclusivo del crimen organizado, ni la evasión fiscal es un error menor o aislado. En el entorno actual, ambas conductas pueden converger, generando consecuencias legales, financieras y reputacionales de alto impacto.

La diferencia no está en el discurso, sino en la intención, la estructura, la simulación y la coherencia económica.

Cumplir con las obligaciones fiscales no es solo un acto administrativo: es una decisión estratégica de largo plazo.

Porque en un sistema cada vez más vigilado, el dinero que no puede explicarse deja de ser una omisión… y se convierte en un riesgo penal.

RRE Accounting FirmEstrategia fiscal, legal y financiera con visión de largo plazo.

Comentarios


Contacto

San Pedro de las Joyas 80, Santa María Tepepan

Xochimilco CDMX

Tel. 55 15 43 51 61

Correo contacto@rreacfi.com 

  • Facebook
  • LinkedIn
bottom of page