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Paquete Económico 2027: buenas señales para atraer inversión, pero ojo si tu empresa arrastra pérdidas

Foto del escritor: MONICA RAYA
MONICA RAYA
9 sept
6 min de lectura


El 8 de septiembre, el Gobierno Federal entregó al Congreso el Paquete Económico 2027: el plan de ingresos y gasto público que va a regir el próximo año. Todavía no es ley. Diputados y senadores lo van a revisar, discutir y votar entre octubre y noviembre, y hasta que se publique en el Diario Oficial de la Federación no hay nada definitivo. Pero ya se conoce la propuesta completa, y como empresaria o empresario te conviene entenderla ahora, no cuando ya esté aprobada.


La buena noticia es que no se anuncian impuestos nuevos ni aumentos a las tasas generales de ISR, IVA o IEPS. La mala noticia, para algunos negocios, está escondida en la letra chica: la forma en que las empresas pueden usar sus pérdidas de años anteriores para bajar su carga fiscal va a cambiar, y no para bien.



Qué es exactamente este paquete y cuándo se define


Cada año, antes del 8 de septiembre, el Poder Ejecutivo está obligado por la Constitución a entregar al Congreso tres documentos: los Criterios Generales de Política Económica, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos. A esto se suma, cuando aplica, un paquete de reformas a las leyes fiscales (ISR, Código Fiscal, IEPS), conocido como Miscelánea Fiscal.

La Cámara de Diputados tiene hasta el 20 de octubre para aprobar la Ley de Ingresos, y el Senado hasta el 31 de octubre. El Presupuesto de Egresos lo aprueba únicamente la Cámara de Diputados, con fecha límite el 15 de noviembre. Todo debe quedar publicado antes de que arranque el nuevo ejercicio fiscal, el 1 de enero de 2027.

En otras palabras: lo que hoy existe es una propuesta. Puede cambiar en el camino. Pero la dirección que está marcando el Gobierno ya es clara, y es momento de ir preparando a tu empresa.


Lo que se ve bien: México se está vistiendo para atraer capital


Una parte importante del paquete busca hacer más atractivo invertir en el país, sin tocar las tasas generales de impuestos. Algunas de las señales más claras:


  • Regreso de capitales del extranjero. Si tienes recursos de origen lícito fuera de México, se propone una tasa de ISR de solo 7.5 por ciento sin deducciones, siempre que ese dinero se quede invertido en actividades productivas dentro del país durante al menos tres años. Es un incentivo pensado para empresarios que han mantenido ahorros o inversiones fuera y ahora podrían traerlos de vuelta en condiciones favorables.


  • Incentivo a salir a bolsa. Las ganancias por vender acciones colocadas en una oferta pública inicial en una bolsa mexicana pagarían ISR reducido, de solo 10 por ciento. La intención es fortalecer el mercado bursátil nacional y dar una salida más atractiva a empresas que estén pensando en crecer a través de inversionistas.


  • Más negocios caben en el régimen simplificado. Se propone subir los límites de ingresos para poder tributar en RESICO: de 3.5 a 5 millones de pesos al año para personas físicas, y de 35 a 50 millones de pesos para personas morales. Esto significa que más negocios —incluidos muchos que hoy están a punto de "salirse" del régimen simplificado por rebasar el tope— podrían seguir operando bajo un esquema fiscal más sencillo y, en muchos casos, con menor carga administrativa.


Todo esto compone una narrativa de "queremos que inviertas aquí, que regreses tu capital, que tu empresa crezca formalmente." Es una lectura razonable del paquete, y conviene aprovecharla si tu situación encaja en alguno de estos supuestos.


La otra cara de la moneda: las pérdidas de tu empresa valdrán menos, más rápido


Aquí está el punto que menos se está comentando en los titulares, y el que más te puede afectar si tu negocio ha tenido años difíciles.

Fundamento legal, en términos simples: la Ley del Impuesto sobre la Renta permite hoy que una empresa use sus pérdidas fiscales de ejercicios anteriores para disminuir, hasta el cien por ciento, la utilidad fiscal del ejercicio en curso, y tiene diez años para irlas aplicando. Es decir: si tu empresa perdió dinero en 2023 y 2024, y en 2027 por fin tiene una buena utilidad, hoy la ley te permite usar toda esa pérdida acumulada para no pagar ISR ese año, hasta agotarla.


La propuesta cambia esa regla de dos formas. Primero, limita el uso de esas pérdidas a un máximo del 50 por ciento de la utilidad fiscal del ejercicio, sin importar qué tanta pérdida acumulada tengas disponible. Segundo, como especie de compensación, amplía el plazo para usarlas de diez a veinte años.

En la práctica, esto significa que aunque tu empresa arrastre pérdidas suficientes para cubrir toda su utilidad de un buen año, la ley solo te va a dejar usar la mitad. La otra mitad de la utilidad va a pagar ISR ese mismo año, aunque técnicamente "ya la tenías cubierta" con pérdidas de antes.

Un ejemplo para verlo claro. Imagina que tu empresa tiene 1 millón de pesos de utilidad fiscal en 2027, y arrastra 1 millón de pesos en pérdidas acumuladas de años anteriores. Con la regla actual, esa utilidad quedaría completamente cubierta por la pérdida: no pagarías ISR ese año. Con la regla propuesta, solo podrías aplicar 500 mil pesos de esa pérdida contra la utilidad. Los otros 500 mil pesos sí generarían ISR a cargo, aun cuando tu empresa técnicamente todavía tiene pérdida disponible para cubrirlos, solo que la ley ya no te deja usarla toda de golpe.


¿A quién le pega más esto? Sobre todo a negocios que están saliendo de una etapa difícil: empresas que invirtieron fuerte y tardaron en volverse rentables, negocios que resintieron 2020-2021, constructoras y desarrolladoras con proyectos de maduración larga, o cualquier empresa que apenas está "cobrando el rebote" después de pérdidas importantes. Justo el año en que por fin ven utilidad, van a pagar más ISR del que hubieran pagado con la regla de hoy.


Otros dos frentes que también aprietan a las empresas


La reducción a las pérdidas no viene sola. El mismo paquete trae dos ajustes adicionales que van en la misma dirección, sobre todo para empresas que crecen con financiamiento:

Menos deducción de intereses. Hoy las empresas pueden deducir intereses netos hasta por el 30 por ciento de su utilidad fiscal ajustada. La propuesta baja ese límite a 20 por ciento. Si tu empresa creció apalancada, con créditos bancarios o financiamiento de socios, esto reduce lo que puedes deducir por esos intereses cada año, aunque lo no deducido se puede ir aplicando en los siguientes diez ejercicios.

Un tope general a las deducciones. Para empresas con ingresos superiores a 50 millones de pesos anuales, se propone un límite a las deducciones autorizadas de entre 96.67 y 99 por ciento de los ingresos acumulables, dependiendo de qué tan altas sean esas deducciones. El objetivo declarado es cerrar espacios que hoy permiten que empresas grandes casi no paguen ISR, pero el efecto se siente en cualquier negocio de ese tamaño con una estructura de costos elevada.


Nota editorial interna: el paquete también incluye una reforma a la Ley Federal de Derechos y ajustes al Código Fiscal orientados a fortalecer la fiscalización del SAT con herramientas de análisis de datos; el detalle completo de esas disposiciones sigue en proceso de dictamen y se ampliará en un artículo posterior una vez publicado el texto definitivo. Asimismo, la posible modificación al IEPS de bebidas alcohólicas y productos con alto contenido de sodio está siendo discutida en la Cámara de Diputados, pero todavía no forma parte de la propuesta formal entregada por el Gobierno Federal.


Qué hacer con tu empresa antes de que esto se publique en el DOF


No hay que esperar a enero de 2027 para actuar. Estas semanas, mientras el paquete está en discusión en el Congreso, son el momento de revisar tu situación:

Revisa cuánta pérdida fiscal acumulada tiene tu empresa y en qué año la generó. Es el dato que va a definir cuánto ISR adicional podrías pagar bajo la nueva regla.

Si tu empresa está apalancada, haz una proyección de tu ISR 2027 bajo el nuevo límite de intereses del 20 por ciento, para no llevarte una sorpresa en el flujo de caja del próximo año.

Si estás por rebasar los límites actuales de RESICO, evalúa si te conviene esperar a que se confirme el nuevo umbral antes de tomar decisiones sobre tu régimen fiscal.

Si tienes capital fuera del país, empieza a evaluar con calma el esquema de retorno de capitales, considerando el requisito de mantener la inversión en México por al menos tres años.

Todo esto se puede optimizar dentro del marco legal, ejerciendo correctamente los derechos fiscales que ya existen o que este paquete propone, siempre que se planee con tiempo y no se improvise en el último trimestre del año.


La conclusión para tu negocio


El Paquete Económico 2027 le manda un mensaje claro a quien quiera invertir o traer capital a México: hay condiciones atractivas para hacerlo. Pero le manda un mensaje igual de claro a las empresas que ya operan y que arrastran pérdidas o crecieron con deuda: la fiscalización va a ser más estricta y los beneficios fiscales de hoy se van a limitar. Ninguna de las dos cosas es mala noticia por sí sola, pero sí exige que tu empresa entre a 2027 con una planeación fiscal hecha con anticipación, no con la que resulte de reaccionar en enero.

Si quieres saber exactamente cómo te va a afectar esta propuesta a ti, con tus números reales, en RRE Accounting Firm podemos correr el diagnóstico comparando tu situación actual contra el escenario 2027 y ayudarte a tomar decisiones informadas antes de que termine el año.

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