El Cuidado que Moviliza al PIB: Trabajo No Remunerado, Desigualdad de Género y la Ley de Cuidados en la Ciudad de México
- MONICA RAYA
- hace 12 minutos
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El trabajo no remunerado —principalmente doméstico y de cuidados— representa una parte sustancial de la actividad económica en México, aunque permanece invisible en las políticas fiscales y económicas convencionales. Esta invisibilidad tiene efectos estructurales: limita la participación laboral femenina, perpetúa desigualdades de género y deja sin reconocimiento ni protección a millones de personas que sostienen la reproducción social. Al mismo tiempo, la Ciudad de México ha avanzado en la construcción de un marco jurídico para enfrentar esta problemática mediante la Ley del Sistema Público de Cuidados, orientada a reconocer y redistribuir este trabajo con enfoque de derechos humanos y corresponsabilidad social.
Estadísticas del trabajo no remunerado en México
De acuerdo con la Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares (CSTNRHM) 2024 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el valor económico del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado alcanzó aproximadamente 8 billones de pesos, equivalente al 23.9 % del Producto Interno Bruto (PIB) nacional (INEGI, 2025). Esta cifra sitúa al trabajo no remunerado por encima del valor económico de sectores clave de la economía formal como la manufactura o el comercio, aunque no se refleje en la medición tradicional del aporte al PIB o a la recaudación fiscal (INEGI, 2025).
La participación por género muestra una brecha estructural: las mujeres aportaron 72.6 % del valor económico total del trabajo no remunerado, en contraste con el 27.4 % de los hombres. En términos monetarios, el valor anual promedio atribuido a cada mujer fue de 82 339 pesos, comparado con 34 695 pesos para cada hombre (INEGI, 2025).
Desde la Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo (ENUT) 2024, también del INEGI, se reporta que las mujeres destinaron un promedio de 39.5 horas semanales a trabajo no remunerado, frente a 18.2 horas de los hombres, con 13.6 horas dedicadas a cuidados y apoyo familiar (INEGI, 2025).

Impacto socioeconómico y de género
Las cifras expuestas no solo describen una distribución desigual del tiempo, sino que tienen implicaciones profundas en la participación laboral formal, la autonomía económica y las oportunidades de desarrollo. La carga desproporcionada del trabajo de cuidado no remunerado limita la disponibilidad de tiempo para educación adicional, empleo formal o desarrollo profesional, lo que contribuye a brechas de ingreso persistentes entre mujeres y hombres, y reduce la base laboral productiva del país.
Además, la alta participación de mujeres en tareas no remuneradas se asocia con tasas más bajas de participación económica formal y mayores obstáculos para la acumulación de derechos laborales y sociales como prestaciones, seguridad social o pensiones. Si estos aportes no son contabilizados y reconocidos fiscalmente, el sistema económico perpetúa una transferencia de valor no remunerada desde los hogares —fundamentalmente desde mujeres— hacia la economía formal sin mecanismos de redistribución compensatorios.

Perspectiva fiscal: invisibilización y deuda estructural
El reconocimiento técnico de estas cifras planteadas por el INEGI plantea un desafío fiscal central: el sistema tributario y de seguridad social mexicano opera sobre una base que no contabiliza ni remunera el valor económico del cuidado y el trabajo no remunerado. Esta ausencia en las cuentas fiscales produce distorsiones:
Subestimación de la contribución real al PIB.
Menor base gravable estructural futura por la limitada participación laboral femenina.
Ausencia de incentivos fiscales redistributivos que reconozcan y compensen a las personas que asumen cuidados principales (por ejemplo, créditos fiscales o contribuciones a seguridad social por periodos de cuidado).
Una estrategia fiscal con perspectiva de cuidados implicaría, por tanto, integrar estos aportes al modelo económico formal, generar mecanismos de reconocimiento en la seguridad social y diseñar incentivos tributarios que reduzcan las cargas implícitas que recaen sobre las cuidadoras principales.

El Sistema Público de Cuidados de la Ciudad de México
En respuesta al mandato constitucional de 2017 y a la evidencia estadística sobre la desigualdad de género en el trabajo de cuidado, la Ciudad de México ha impulsado la Iniciativa de Ley del Sistema Público de Cuidados (Gobierno de la Ciudad de México, agosto de 2025). Esta propuesta legislativa pretende consolidar un marco jurídico e institucional que reconozca el cuidado como un derecho humano universal, interdependiente e indispensable para la sostenibilidad de la vida y la sociedad (Gobierno de la Ciudad de México, 2025).
La iniciativa modifica el Artículo 9 de la Constitución Política de la Ciudad de México para garantizar el derecho a cuidar, ser cuidado y al autocuidado, y plantea que las tareas de cuidado no remuneradas son productivas y esenciales para la reproducción social, con responsabilidad compartida entre el hogar, el Estado, el sector privado y la sociedad en general (Gobierno de la Ciudad de México, 2025).
El proyecto contempla la creación de servicios públicos universales accesibles y de calidad —como estancias infantiles, casas de día para personas mayores, centros de rehabilitación y comedores comunitarios— y propone una meta de cobertura progresiva en las 16 alcaldías de la ciudad en un horizonte de largo plazo. Se asegura que el presupuesto destinado al sistema no podrá ser inferior al ejercicio anterior, para preservar su sostenibilidad y expansión, aunque expertos han advertido que la ley aún carece de claridad en los servicios específicos de asistencia y apoyos de cuidado que debe proporcionar (Gobierno de la Ciudad de México, 2025; Human Rights Watch, 2025).
Además, el proceso legislativo en el Congreso de la Ciudad de México se acompaña de consulta pública y del establecimiento de órganos técnicos consultivos, lo que reafirma el enfoque de participación ciudadana e interdisciplinaria en la construcción normativa (Congreso de la Ciudad de México, 2025).
Conclusión
Los datos duros del INEGI evidencian que el trabajo no remunerado y las tareas de cuidado constituyen una parte significativa de la realidad económica mexicana: equivalen a casi una cuarta parte del PIB y son aportadas mayoritariamente por mujeres. Esta sobredimensión del trabajo invisible plantea un desafío fiscal: no reconocer ni remunerar dichos aportes profundiza las desigualdades de género y limita la capacidad del Estado para construir sistemas de protección social equitativos. Integrar el valor del cuidado en el diseño fiscal y en la seguridad social es un imperativo para diseñar políticas progresivas de bienestar y corresponsabilidad.
La Ley del Sistema Público de Cuidados de la Ciudad de México representa un avance en el reconocimiento normativo de este fenómeno, pero su impacto dependerá de la traducción efectiva en políticas públicas, presupuestos sostenidos y mecanismos de redistribución fiscal que permitan transformar una economía que históricamente ha descansado sobre trabajo no remunerado, en una que valore, redistribuya y garantice derechos reales a quienes cuidan. Este es el verdadero sentido de justicia social y económica que demanda la sororidad estructural.
Referencias
Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2025). Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares de México (CSTNRHM).
Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2025). Reporte de resultados CSTNRHM 2024.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2025). Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo (ENUT) 2024.
Gobierno de la Ciudad de México. (2025). Presentación de la Iniciativa de Ley del Sistema Público de Cuidados en la Ciudad de México.
Human Rights Watch. (2025). Análisis crítico de la propuesta de Sistema Integral de Cuidados en CDMX.
Congreso de la Ciudad de México. (2025). Preparativos para la consulta pública sobre la Ley del Sistema de Cuidados.




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